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Las ayudas del Bono Digital se pueden solicitar hasta hoy, 7 de septiembre

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El importe total de la ayuda, destinada a colectivos vulnerables empadronados en la Comunitat Valenciana, es de 240€, repartido en 12 mensualidades de 20€

Las ayudas de 240€ del Bono Digital, dirigidas a familias y colectivos vulnerables de la Comunitat Valenciana, terminan su plazo de solicitud hoy, 7 de septiembre, tras haberse ampliado desde el 31 de julio.

Esta subvención, tramitada por la Dirección General para la Lucha contra la Brecha Digital, está destinada a financiar la contratación de nuevos servicios de acceso a banda ancha o al incremento de velocidad de los ya contratados. El objetivo del programa, dotado con más de 3 millones de euros procedentes de los Fondos Next Generation EU, es alcanzar la conectividad digital del 100% de la población valenciana.

Las personas que soliciten el bono deben pedir el servicio para la vivienda habitual donde residen y estar empadronados en un municipio de la Comunitat Valenciana. Además, tienen que ser personas titulares o beneficiarias de la Renta Valenciana de Inclusión o del Ingreso Mínimo Vital.

Brecha Digital

El importe total es de 240€, cantidad que se reparte en doce mensualidades y se transfiere directamente a los operadores. Cada mensualidad es de 20€, sobre el precio final (IVA incluido) de la factura emitida mensualmente.

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¿Cómo solicitar el Bono Digital de la Comunitat Valenciana?

Las solicitudes pueden presentarse, de forma telemática, a través de la Sede Electrónica de la Generalitat. Si se desea hacer de manera presencial, se debe cumplimentar el formulario de solicitud (que se encuentra en la página web) y presentarlo en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro, Ayuntamientos con ventanilla única, Oficinas PROP, oficinas de Correos o en el Registro de la Conselleria de Innovación.

Para la solicitud se tiene que aportar la siguiente documentación:

  • Formulario de solicitud del Bono Digital.
  • Fotocopia del DNI/NIE.
  • Resolución definitiva del reconocimiento como persona titular o beneficiaria de la Renta Valenciana de Inclusión o del Ingreso Mínimo Vital, en la fecha de la solicitud.
  • Certificado o volante de empadronamiento.
  • Acreditación de representación, si procede (se encuentra también en la página web).

Bono Digital de la Comunitat Valenciana

No es necesario aportar documentación que está en poder de la Administración y se puede consultar telemáticamente, siempre que se autorice.

Toda la información relacionada con estas ayudas está en la web de la Generalitat Valenciana. También se pueden consultar dudas en el teléfono +34 960 99 25 95 (de 9 a 15 horas) o en el correo bono_digital@gva.es.